INTEGRANTES DEL EQUIPO 3:
Moisés Hernández Domínguez 202227135
Alejandro Santiago Murueta Báez 202234592
Esteban Guevara Rodallegas 202226904
Víctor Hugo Martínez Teomitzi 202243539
Sebastian Marquez Galindo 202242895
En México La Constitución de 1857, reconoció y protegió los derechos fundamentales del hombre, sentando las bases para las instituciones sociales y laborales del país.
La huelga y la coalición no se consideraban delitos por sí mismas, salvo cuando involucraban violencia física o moral. Sin embargo, en la realidad, las huelgas que afectaban a grandes empresarios eran frecuentemente reprimidas con fuerza, como sucedió en las huelgas mineras en Chihuahua y en los incidentes de Cananea y Río Blanco. Estos eventos fueron fundamentales para generar conciencia social sobre los derechos laborales en el país.
Referencias y apoyo de lectura:
Pérez, J. A. (2022). El nuevo derecho mexicano del trabajo: retos y perspectivas. Recuperado de https://es.scribd.com/document/435025650/El-Nuevo-Derecho-Mexicano-del-Trabajo
Constitución de 1857, con sus Adiciones y Reformas hasta el año de 1901. (1857). En [SNIPPET]. https://www.diputados.gob.mx/biblioteca/bibdig/const_mex/const_1857.pdf
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